El delito de apropiación indebida se comete cuando una persona se apodera de una cosa que le había sido confiada con obligación de devolverla. De esta forma, la incorpora a su patrimonio y causa un perjuicio a su legítimo dueño. Se incluye dentro de los delitos de defraudaciones del Código Penal y se regula en el artículo 253.

El culpable será la persona que recibe algo que debe devolver o entregar a otro. Según la jurisprudencia, el delito de apropiación indebida incluye una serie de requisitos:

  • La entrega de un bien o de dinero y una inicial posesión legítima.
  • La adquisición de un bien con la obligación de entregarlo o devolverlo.
  • Un acto de disposición de la cosa con el fin de ejercer el dominio sobre el bien.
  • El ánimo de lucro del culpable a través de la disposición de la cosa como propia.
  • El perjuicio de la persona a la que le debían entregar el bien apropiado.

Se trata de un delito doloso, donde el bien jurídico protegido es el patrimonio de la persona a la que le tienen que entregar el bien prestado, que puede ser el individuo que entregó el bien o un tercero.

La apropiación indebida es un delito con autonomía propia y, por lo tanto, no debe confundirse con otros tipos penales similares.

De esta forma, se establecen las siguientes diferencias:

  • En el delito de hurto se sustraen cosas ajenas con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño legítimo, pero no se realiza un préstamo con obligación de devolver la cosa.
  • En el caso del delito de robo ocurre algo similar, con la diferencia de que se emplea la fuerza para acceder al lugar donde se encuentra la cosa que se va a robar.
  • El delito de estafa conlleva engañar a alguien para poseer la cosa.
  • La administración desleal se refiere a las conductas en las que el sujeto activo tiene facultades para administrar los bienes. Por el contrario, en la apropiación indebida el sujeto activo no puede administrar los bienes, sino que solo puede tenerlos en depósito o custodia.

La apropiación indebida se castiga con pena de prisión de 6 meses a 3 años. en función de cómo se valore el daño producido y otras circunstancias. El tipo agravado del delito se castigará con pena de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses. Si se tipifica como delito leve la pena que se impondrá será de multa de 1 a 3 meses.

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